" "
top of page

Petición Familiar con el Formulario I-130 de USCIS: El Primer Paso para Reunir a las Familia

  • Manny Ramirez
  • 5 sept
  • 3 Min. de lectura

Cuando los ciudadanos estadounidenses o los residentes permanentes legales desean ayudar a un familiar a inmigrar a los Estados Unidos, el proceso comienza con el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero. Este formulario es la base de la inmigración familiar y establece la relación legal entre el peticionario y el familiar que busca la residencia.


¿Quién Puede Presentar el Formulario I-130?


  • Ciudadanos estadounidenses: pueden presentar por cónyuges, hijos (casados o solteros, de cualquier edad), padres y hermanos.

  • Residentes permanentes legales (titulares de la green card): pueden presentar por cónyuges e hijos solteros (menores o mayores de 21 años).

Es importante notar que la petición en sí misma no otorga una visa o una green card. En su lugar, crea un lugar en la fila para que su familiar pueda solicitar la residencia permanente cuando haya una visa disponible.


¿Qué Sucede Después de que USCIS Aprueba el I-130?


Una vez aprobado el I-130, los siguientes pasos dependen de si el familiar ya está en Estados Unidos o si vive en el extranjero:


1. Ajuste de Estatus (Formulario I-485)

  • Se usa cuando el beneficiario ya está en EE.UU. con un estatus válido o de otro modo elegible.

  • El familiar solicita la residencia permanente directamente con USCIS presentando el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.

  • Si hay un número de visa disponible de inmediato (para familiares inmediatos de ciudadanos), el I-130 y el I-485 incluso se pueden presentar juntos (“presentación concurrente”).


2. Proceso Consular (Formulario DS-260)

  • Se usa cuando el familiar está fuera de EE.UU.

  • Después de la aprobación del I-130, el caso se envía al Centro Nacional de Visas (NVC).

  • El beneficiario completa el Formulario DS-260, Solicitud de Visa de Inmigrante, en línea con el Departamento de Estado de EE.UU. y asiste a una entrevista en una embajada o consulado.

  • Una vez aprobado, el beneficiario recibe una visa de inmigrante y entra a EE.UU. como residente permanente.


Diferencias Clave entre I-485 y DS-260

Característica

Formulario I-485 (Ajuste de Estatus)

Formulario DS-260 (Proceso Consular)

Lugar

Se presenta dentro de EE.UU.

Se presenta fuera de EE.UU. (en un consulado/embajada)

Agencia

USCIS

Departamento de Estado

Autorización de trabajo

Puede solicitar permiso de trabajo/viaje (EAD/AP) mientras espera

No puede trabajar en EE.UU. hasta entrar con la visa de inmigrante

Entrevista

Oficina local de USCIS

Consulado de EE.UU. en el extranjero

Viajes

Debe mantener presencia legal en EE.UU.

Espera en el extranjero hasta que se otorgue la visa

¿Por Qué Importa el Proceso?


Elegir el camino correcto (I-485 vs. DS-260) puede marcar una gran diferencia en el tiempo, los costos y la conveniencia para las familias. Aunque ambos llevan a la residencia permanente, cada uno tiene sus propios requisitos, formularios y tiempos de procesamiento.


Cómo PennySmart Group Puede Ayudar


Presentar peticiones y solicitudes de inmigración puede ser abrumador. Omitir un paso o malinterpretar el proceso puede causar retrasos o negaciones. En PennySmart Group le ayudamos con:

  • Completar y revisar los formularios I-130, I-485 y DS-260

  • Asegurar precisión y documentación de respaldo adecuada

  • Guiar a familias bilingües (inglés/español) para que naveguen el proceso con confianza


📞 ¡Llámenos Hoy y Reúna a Su Familia!


En PennySmart Group, hacemos que el proceso sea más claro, accesible y económico. No deje su futuro familiar en manos de errores o confusiones.


✅ Llame ahora al 941-282-5787 o visite www.PennySmartGroup.com para comenzar hoy mismo.


ree

Aviso: PennySmart Group no es un bufete de abogados. Somos especialistas en formularios de inmigración, no abogados, y no brindamos asesoría legal. Si su caso requiere representación legal, podemos referirlo a abogados de inmigración de confianza.

Comentarios


bottom of page